DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en Función de Control Unipersonal Nº 04, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSION conforme al Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, Y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al Art. 250 Ord. 1º,2º,3º, 251 Ord.1º 2º,3º,252 Ord. 1º y 2º del COPP contra de el imputado HENRY RAFAEL FREITE , Venezolano, de 48 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° 9.564.373,soltero, natural de Barinas del Estado Barinas, hijo de Arcadio Freite y de Isabel Cristina Díaz, de profesión u oficio: indefinida y residenciado en Barrio Brisas del Río, calle Principal, casa s/nº Barinas Estado Barinas, por la comisión de el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancio.....