PRIMERO: Improcedente la solicitud de impugnación presentada por la Abogada AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.916, Defensora Publica Segunda Agraria del Estado Barinas, sobre el informe técnico "punto de información" presentado por la Funcionaria de la Oficina Regional de Tierras del estado Barinas ciudadana Sofía Nácar en fecha 23/07/12 mediante oficio Nº ORT-CG-0171-12, así como la totalidad de la inspección judicial realizada por este Tribunal en fecha 28/06/12.
SEGUNDO: SE RATIFICA PARCIALMENTE LA MEDIDA DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA decretada por este Tribunal en fecha 22/02/2011 sobre el fundo denominado EL RANCHO conformado por las fundaciones EL PLATANAL, LA CHINATA, O ATOLLADERO, EL RANCHO y CAMORUCO, ubicado en el sector conocido como Pajarote, Municipio Obispos del Estado Barinas, por cuanto se exceptúan con la presente decisión la cantidad de CIENTO .....