DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano Jorge Juárez titular de la cedula de identidad Nro. 9.383.997, en su carácter de Sindico Procurador Municipal del Municipio Bolívar del Estado Barinas contra la Providencia Administrativa Nro.0058-2013 de fecha 22 de enero de 2013.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese mediante oficio al Sindico Procurador del Municipio Bolívar del Estado Barinas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de 2013. Años 203º de la In.....