Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Se DECLARA LA NULIDAD de la promoción de pruebas y se REPONE LA CAUSA al estado del lapso de promoción de pruebas en el presente procedimiento, debiéndose continuar luego con la tramitación de ley.
Se REVOCA el auto apelado, en los términos que han sido expuestos.