Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos: FRANKLIN DE JESUS VILLEGAS BARROETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.784.175, de profesión u oficio chofer, domiciliado en el Sector Barrio 12 de octubre Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas y YULY DEL CARMEN BARAZARTE, venezolana, de veintiséis (26) años de edad, de profesión u oficio Ama de Casa, titular de la cédula de identidad N° V- 24.112.986, domiciliada en el Caserio Los Mangos, del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, en los términos por ellos señalados.
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la sala del Tribunal Tercer.....