En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara bastante y suficiente las declaraciones evacuadas para otorgar TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad y posesión a favor del ciudadano RUBEN ALI RENDON UZCATEGUI ya identificado, sobre las mejoras antes descritas..- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Publíquese y regístrese