En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia se aumenta la obligación de manutención a partir del presente mes y año, debiendo pagar el demandado alimentario, Ciudadano: Romel Rolando Cañas Peña, las siguientes cantidades:
PRIMERO: Seiscientos Bolívares (Bs. 600,oo) mensuales, equivalente al sesenta y dos punto cincuenta y seis por ciento (62,56 %) del salario mínimo actual decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual asciende a la cantidad de Novecientos Cincuenta Nueve Bolívares con Cero Ocho Céntimos (Bs. 959,08). Así se decide.
SEGUNDO: la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,oo) mensuales, más Diez (10) Unidades Tributarias por cada niño cuando se encuentren en edad escolar, correspondiente a la Bonificación Especial por concepto de útiles y uniform.....