En mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Tribunal ordene notificar al Procurador General de la República, Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y de la Junta Administradora de la Empresa Seguros La Previsora, C.A. Dichas notificaciones deberán efectuarse mediante oficio al cual deberá anexarse copia certificada del libelo de demanda, con indicación expresa que el lapso para la contestación de la demanda comenzará a transcurrir una vez conste en autos las notificaciones antes mencionadas y vencido que sea el lapso de suspensión, previsto en el artículo 96 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procurad.....