Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 19/10/2015

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : EP01-R-2015-000160 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2015
Procedimiento:
Apelación Contra Auto
Partes:
ACUSADO: JOSE GREGORIO OROZCO MOLANO. DEFENSORA PUBLICA: ABG. AIDA BRICEÑO RONDON. VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Aida Briceño Rondon en su condición de defensora pública, contra la decisión dictada en fecha 07.08.2015, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó Negar el Cese de la Medida de Coerción Personal, al acusado José Gregorio Orozco Molano, por la presunta comisión del delito Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano; se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.
Juez/Ponente:
Vilma María Fernández González
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

N° Expediente : EP01-R-2015-000147 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2015
Procedimiento:
Recurso De Apelación
Partes:
REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCALÍA DÉCIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BARINAS, DEFENSOR: ABG. JOSÉ GREGORIO CAÑIZALEZ, ACUSADO: JOSE ANTONIO PRADO CORDERO, VÍCTIMA: EN RESERVA FISCAL.
Resumen:
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado José Gregorio Cañizalez en su condición de Defensor Público, contra la decisión dictada en 13 de agosto de 2.015, por el Tribunal de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, mediante el cual se niega el Decaimiento de la Medida de Coerción Personal y La Libertad Plena del acusado José Antonio Prado Cordero, por considerarla improcedente, por la gravedad del delito, a quien se le sigue proceso penal por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Coautores, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 d.....
Juez/Ponente:
Mary Tibisay Ramos D
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

N° Expediente : EP01-R-2015-000115 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2015
Procedimiento:
Recurso De Apelacion
Partes:
REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BARINAS, DEFENSORA PUBLICA:ABOGADA: MIREYA MORA MOLINA, ACUSADO: JOSÉ LUIS WILSON GONZÁLEZ GARCÍA, VICTIMAS: JOSÉ YUMAR CONTRERAS DUQUE Y JOSÉ MARIÑO CONTRERAS DUQUE (OCCISOS).
Resumen:
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mireya Mora en contra de la Sentencia Condenatoria de fecha 25 de mayo de 2.015 y publicada en fecha 02 de junio del presente año por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condeno al acusado José Luis Wilson González García, a cumplir la pena de doce (12) años y ocho (08) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado por Motivos Futiles e Innobles en Grado de Cómplices no Necesarios de conformidad con lo establecido en el artículo 406 Nº 1 en relación con el artículo 84 Nº 2, Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano y Aprovechamiento de Vehiculo A.....
Juez/Ponente:
Mary Tibisay Ramos D
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

N° Expediente : EP01-R-2015-000115 N° Sentencia : Fecha: 19/10/2015
Procedimiento:
Recurso De Apelacion
Partes:
REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BARINAS, DEFENSORA PUBLICA:ABOGADA: MIREYA MORA MOLINA, ACUSADO: JOSÉ LUIS WILSON GONZÁLEZ GARCÍA, VICTIMAS: JOSÉ YUMAR CONTRERAS DUQUE Y JOSÉ MARIÑO CONTRERAS DUQUE (OCCISOS).
Resumen:
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mireya Mora en contra de la Sentencia Condenatoria de fecha 25 de mayo de 2.015 y publicada en fecha 02 de junio del presente año por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condeno al acusado José Luis Wilson González García, a cumplir la pena de doce (12) años y ocho (08) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado por Motivos Futiles e Innobles en Grado de Cómplices no Necesarios de conformidad con lo establecido en el artículo 406 Nº 1 en relación con el artículo 84 Nº 2, Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano y Aprovechamiento de Vehiculo A.....
Juez/Ponente:
Mary Tibisay Ramos D
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados