En el presente caso, es importante destacar que este Tribunal Primero de Control, recibe la presente solicitud ya que se encuentra en funciones de guardia permanente, por encontrarse sin despacho el tribunal segundo de control, sin embargo por tratarse de una revisión de medida de coerción personal en relación al imputado JOSE AYLEN VARILLAS PERNIA, titular de la cedula de identidad Nº V.- 11.500.761, y siendo el tribunal segundo de control con competencia en delitos de violencia contra la mujer el tribunal de origen, mal podría este Tribunal primero emitir algún tipo de cambio de medida de coerción personal cuando no tiene conocimiento a fondo de la causa, y se puede verificar en el sistema juris 2000 que la competencia objetiva del conocimiento de la misma es llevada en contra del imputado JOSE AYLEN VARILLAS PERNIA antes identificado, y le corresponde al tribunal segundo de control; encontrándose presto este tribunal a los fines de librar cualquier solicitud de traslado urgente, en.....