Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, Decreta: MEDIDA DE DETENCIÓN DOMICILIARIA a la Acusada de autos: MARIA LUISA ANGULO HERNANDEZ, colombiana nacionalizada, casada, nacida en fecha 14/07/1952, en Buenaventura Valle Colombia, de 58 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.687.817, grado de instrucción Bachiller, de profesión u oficios del hogar, hija de Elelvina Hernández (f) y Plinio Angulo, residenciado en el Barrio Los Mangos, calle 21 con carrera 15 y 16, casa s/n Santa Bárbara de Barinas; CON APOSTAMIENTO POLICIAL PARA LO CUAL SE ORDENA LIBRAR EL CORRESPONDIENTE OFICIO A LA COMANDANCIA DE LA POLICIA y la correspondiente boleta de traslado desde el Internado Judicial hasta el domicilio de la acusada, el cual es el siguiente: Barrio Los Mangos, calle 2.....