DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio N° 03, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Decreta medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad al acusado JUNIOR SILVA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.116.841, natural de Barinas Estado Barinas, nacido el 08-12-1986, residenciado en el Barrio Mi Jardín, sector 4, calle 06, casa N° 538, teléfono 0414-5045204 y 0414-5258409, Barinas, Estado Barinas; consistente en vigilancia y responsabilidad de su progenitora ciudadana Rosa Alvira Silva Cedeño, titular de la cédula de identidad N° 10.055.214; presentarse cada ocho (08) días ante la OAP y prohibición de acercarse a la víctima; ello de conformidad con el artículo 256 ordinales 1°, 3° y 6° del COPP; por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal; en perjuicio José Miguel .....