Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 579 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente; Admite Parcialmente la acusación del Ministerio Público, y ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, con motivo de la acusación presentada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la Ciudadana Carmen Pimentel; Decreta: Se imponen al adolescente las Medidas Cautelares de conformidad con el articulo 582 literales "b", "c","e" y "f"¿ de la LOPNNA. Consistiendo en: 1- Obligación de Someters.....