DECISION:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los Ciudadanos: DANIELE MARINELLI TORRI y REBECA TERESA HEREDIA GUTIERREZ,, ya identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron, el día Dieciséis (16) de Marzo de 2.008, por ante la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas del Estado Barinas, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 43, que en original fue traída a los autos.- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el criterio de la Sentencia de Carácter Vinculante Nº 1.070, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09 de Di.....