IV
DECISION
Por razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia interlocutoria de fecha 21 de Diciembre de 2006, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas y como consecuencia de ello se CONFIRMA la decisión recurrida
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte apelante.
Publíquese, regístrese, cúmplase con lo ordenado y remítanse el presente expediente al tribunal de origen a los fines de que la causa continué su curso legal correspondiente.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los veinte (20) días del mes de Febr.....