IV
DECISION
Por razones antes expuestas, este  Tribunal Primero Superior  de la Coordinación Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento  del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia  interlocutoria de fecha 21 de Diciembre de 2006, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas y como consecuencia de ello se CONFIRMA la decisión recurrida
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte apelante.
 Publíquese, regístrese, cúmplase con lo ordenado y remítanse el presente expediente al tribunal de origen a los fines de que la causa continué su curso legal correspondiente.
Dado, firmado y sellado  en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los veinte (20) días del mes de Febr.....