Este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de apelación intentado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 13 de Agosto de 2001.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 13 de Agosto de 2001 que declaro sin lugar la acción intentada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Organica Procesal del Trabajo.
CUARTO: REMITASE la presente causa al Juzgado de origen a los fines de su archivo definitivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, e.....