En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo, indicada en el acto administrativo dictado en sesión Nº 178-11, en deliberación del punto de cuenta Nº 35, del 19 de Diciembre de 2.011, con motivo del Rescate sobre el lote de terrero denominado "SAN MARTÍN", ubicado en el sector Chorrosco abajo, Parroquia El Regalo y Santa Catalina, Municipio Sosa del Estado Barinas, constante de una superficie de dos mil seiscientas sesenta y ocho hectáreas con tres mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados (2.668 has con 3.734 m²), Interpuesta en el escrito libelar de fecha Diecinueve (19) de Marzo de 2012.
SEGUNDO: Se hace del conocimiento de.....