SE DECLARO: Primero: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Edgardo Antonio Boscan Pérez, en su condición de Defensor Privado; contra la decisión dictada en fecha 03.05.2013 y publicada en fecha 06.05.2013, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado Gerson Alejandro Camargo Camargo, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 2º del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano Víctor Araujo. Segundo: Se confirma la decisión la decisión dictada en fecha 03.05.2013 y publicada en fecha 06.05.2013, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal.