DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto. Así se decide.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega el ciudadano WUALDER ROSALES ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.371.847, domiciliado en el Sector San Isidro de Concha, Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, sobre el predio denominado "EL CIELO", ubicado en el Sector San Isidro de Concha, Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, cuyos linderos particulares son: Norte: Con mejoras que son o fueron de Miguel Arias, Sur: Caño madre vieja y propiedad.....