PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de Desalojo intentada por las ciudadanas Jovita Maria Flores de Lucena y Josefa del Carmen Flores de Jaimes, asistidas por la abogada en ejercicio Belangel Leclair Camacho Lucena, contra la ciudadana Indira Bolaños Rodríguez, todas suficientemente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana Indira Bolaños Rodríguez, hacerle entrega de la habitación arrendada que conforma la vivienda ubicada en la calle Camejo N° 3-24 de ésta ciudad de Barinas Estado Barinas, a las demandantes ciudadanas Jovita Maria Flores de Lucena y Josefa del Carmen Flores de Jaimes.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes de la presente decisión por cuanto la misma se dicta dentro del lapso establecido en la Ley.