este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de; ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83, del Código Penal Venezolano, en perjuicio del establecimiento comercial denominado Comercial Yan Sport, sancionándolo con las medidas previstas en el artículo 620 literales “b” y “d”, en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consiste: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes normas: 1.- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de sus representantes legales ciudadanos; IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, quienes deberán suscribir acta compromi.....