Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas Carmen Cecilia Riera Cristancho y Edzora Karina Serrano Padrón, en su carácter de Fiscal Principal y Auxiliar Décimo Segunda del Ministerio Público, en contra de la decisión de fecha 17/09/2014, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, mediante el cual le concedió la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo al penado José Gregorio Arismendi Ortega, de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal derogado; por el delito de COAUTOR MATERIAL DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES, en perjuicio de la ciudadana Ana Benigna Hernández Juárez, HOMICIDIO CALIFICADO PO.....