Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la querella interdictal de despojo, intentada por el ciudadano José Antonio Espinoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.200.979, actuando en su condición de Director y representante legal de la empresa mercantil "Agropecuaria La Mía, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil anteriormente llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 04 de mayo de 1.989, bajo el Nº 40, Tomo I, folios 88 al 93, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Arturo Camejo López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.544, contra los c.....