Por todos los razonamientos antes expuesto éste Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, Acuerda: Visto el informe evolutivo y el tiempo de privación de libertad cumplido por el joven de autos, quien ha aprobado los estudios impartidos en dicha institución, se observa además que cuenta con apoyo familiar quienes desde hace bastante tiempo lo visitan de manera continua, su padre y madrastra, se observa igualmente la toma de conciencia de la problemática existente y un grado de responsabilidad al manifestar al Tribunal su arrepentimiento por los hechos cometidos al no presentarse ante este tribunal, considera quien aquí decide que todos estos elementos son positivos e indicadores de que puede ser sustituida la medida privativa de libertad, ya que no esta cumpliendo para el fin para el cual fue acordado, en consecuencia puede ser tratado de manera ambulat.....