IV
DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de suspensión de la Certificación N° 75/2011 dictada en fecha 22 de Diciembre del año 2011 por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Barinas, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, suscrita por el Dr. Carlos Javier Carmona, Médico del Servicio de Salud Laboral, solicitada por el abogado en ejercicio: Eduardo José Morillo Barrios, titular de la cédula de identidad N° V. 17.768.668 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula N° 146.898.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no considerar temeraria la presente acción.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte So.....