D I S P O S I T I V A
En consonancia con las consideraciones precedentemente explanadas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara la NULIDAD de la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal a quo, en fecha 9 de febrero de 2017, mediante la cual decretó la medida cautelar innominada, por incurrir en el vicio de inmotivación, y consecuencialmente, declara la NULIDAD de la recurrida que fuere proferida en la incidencia de oposición, en fecha 28 de abril de 2017, así como la de todas las actuaciones referidas a la materialización de la medida decretada.
SEGUNDO: Como consecuencia de la nulidad declarada en el aparte anterior, NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO sobre el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 d.....