En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: MARLON DE JESÚS CORREA OCHOA, ya identificado, convino en depositar a partir del mes de enero del año en curso, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 250,oo), más una cuota adicional por la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 500,oo) en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas; asimismo, el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, para sus hijos: MARLON FERNANDO y YAIBER DE JESÚS CORREA ROA, también identificados; y en cuanto a los gastos médicos, medicinas y vestido requeridos por .....