Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 06 de Febrero de 2.013, por la Ciudadana: María Teresa Cermeño Díaz, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs 800,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar a partir del mes de Enero del año 2.014, en beneficio de sus hijos: Daniela del Valle y Jean Carlos Cáceres Cermeño y las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,oo); y Diciembre de cada año para cubrir gastos
estrenos navideños, este Juzgado acuerda prudente f.....