declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana Ramona Dolores Avancini de Primera, ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre una parcela de terreno municipal ubicada frente a la vía que conduce hacia el cementerio de la población de Barrancas, Municipio Autónomo Cruz Paredes del estado Barinas, y dentro de los siguientes linderos: norte: avenida El Cementerio; sur: con bienhechurías de Hipólito Valdez; este: con bienhechurías de Jesús Carrasco; y oeste: con bienhechurías de Rafael Farias; consistentes en una casa de paredes de bloque, techo de acerolit, piso de concreto, rejas metálicas con portón cerca de paredes de bloque, una habitación, dos baños, sala, comedor. Se dejan a salvo los derechos de terceros.