estima este Juzgador, que la demanda de QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesta por la ciudadana ALBA ROSA DURAN DE CONTRERAS, antes ya identificada, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAMUEL DARIO MALDONADO DEL ESTADO TACHIRA, resulta INADMISIBLE, por haber operado la CADUCIDAD de la acción de conformidad con el Artículo 94 de la Ley de Estatuto de la Función Pública