DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas -sede Barinas administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: declara SIN LUGAR la cuestión previa -artículo 346 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil- opuesta por la parte demandada en la oportunidad de la contestación con fundamento en lo dispuesto en los artículos 206 y 207 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; todo con ocasión a la demanda de nulidad de contrato de cesión o venta entre cónyuges y renuncia de derechos en la comunidad conyugal, interpuesta por los ciudadanos JOSE EVARISTO MOLINA MARTIN, FRANCISCO JAVIER MOLINA MARTIN, EVA LAURA MOLINA MARTIN, NOEL SEVERO MOLINA MARTIN Y CRISTINA MOLINA PARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.340.563, V- 15.672.843, V-14.340.642, V-16.791.756, V-13.280.508, e.....