Con mérito en las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara INADMISIBLE la demanda intentada por la Sociedad Mercantil Agropecuaria Venezuela, C.A (plenamente identificado supra) contra el ciudadano Moya Mirio José (plenamente identificado supra) en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMACION, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales contenidas en los artículos 452, 491 y 492 del Código de Comercio en concordancia con el artículo 643 de nuestra ley adjetiva.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Publíquese y registrase.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Ba.....