ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Este Tribunal de Control N° 03, Administrando Justicia, en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la representación fiscal en contra del acusado RAFAEL ERNESTO ANGULO JOVES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.662.566, de 26 años de edad, nacido el 24/08/1981 en Barinas, estudiante, hijo de Nelson Angulo (v) y de Amelia Joves (v) y residenciado en la Urbanización Manuel Palacio Fajardo, Vereda 11, Casa N° 06 de la ciudad de Barinas, Estado Barinas; por la presunta comisión de los delitos de por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA previsto y sancionado en el artículo 453 Ord. 4° del Código penal venezolano vigente; así como los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía. SEGUNDO: Se mantiene la Medida Privación Judicial Preventiva de la Libertad que recae sobre el acusado RAFAEL ERNESTO ANGULO J.....