En merito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente causa, y en consecuencia declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a quien corresponda conocer por distribución, ordenándose hacer el respectivo desglose de la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, la cual corre inserta a los folios 438 al 443 ambos inclusive del expediente, dejándose copia certificada del mismo y remitir mediante oficio las actuaciones .SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo.....