Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al desistimiento del procedimiento realizado por el ciudadano JOSE RIGOBERTO ARRIECHI en contra de la empresa PDVSA, PETROLEO, S.A. En tal sentido, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Igualmente se ordena agregar al expediente las pruebas que fueron consignadas al inicio de la audiencia preliminar.