Por las razones de hecho y de derecho, anteriormente expuestas esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Sin lugar la Recusación interpuesta por las recusantes: Abogada Linda de los Ríos y la Abogada Ana Isabel Rey en su condición de recusantes, en contra de la Jueza del Tribunal de Control Nº 02 de éste Circuito Judicial Penal, abogada Claudia Rizza. SEGUNDO: Como corolario de la decisión que antecede, la Jueza abogada Claudia Rizza Diaz, debe seguir conociendo de la causa Nº EJ01-X-2017-000007.