Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por la parte demandante, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación, incoado por el ciudadano: Ángel Argenis Macias Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.478.359, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Luzmila González Gavidia, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.546, en contra de la empresa mercantil "DIMACE, S.A.", y se le imparte autoridad de cosa juzgada.
Respecto a la solicitud de la parte demandante, ciudadano: Ángel Argenis Macias Gutiérrez, ya identificado, relacionada con la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civi.....