En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: SE DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia extinguido el proceso, en la Solicitud de Divorcio por Desafecto, fundamentada en la Sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09-12-2016, presentada por la ciudadana: ONEIDA YAMILETH NUÑEZ ARCHILA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.837.070, correo electrónico: oneidayamilet175@gmail.com, teléfono móvil 0426-3257022, domiciliada en el Sector la Macarena, carrera 10, entre calles 7 y 8, casa N° 41-62, parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, debidamente representada en este acto p.....