PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de Desalojo, intentada por la ciudadana CARMEN EDILIA BERRIOS DE BETANCOURT, contra el ciudadano RIGOBERTO QUINTERO CASTELLANOS, ambos suficientemente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ciudadano Rigoberto Quintero Castellanos hacerle entrega del inmueble arrendado a la demandante ciudadana Carmen Edilia Berrios de Betancourt, el cual está ubicado en la Calle Camejo entre Avenidas Ricaurte y Rondón, signado con el N° 11-47, de esta ciudad de Barinas del Estado Barinas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes de la presente decisión por cuanto la misma se dicta dentro del lapso establecido en la ley.