DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano Félix Alberto Seijas Tovar en su condición de imputado, asistido por el abogado Jorge Quintero, contra la decisión publicada en fecha 20/09/2009 por el Tribunal 4° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual niega la medida cautelar distinta a la privación, y en su lugar decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad, al imputado Félix Alberto Seijas Tovar, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de.....