Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR del Ciudadano JONATHAN JOSE PALMA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 18.290.152, por su presunta responsabilidad en el delito denominado: ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Articulo 460 del Código Penal vigente para el momento, en perjuicio del ciudadano NERIO JOSE MOLINA; se le impone la obligación de presentarse a las convocatorias de Juicio o Audiencias que señale y fije el Tribunal, notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la OAP informando el cese de las presentaciones.
Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Juicio Nº 2 de esta Ciudad de Barinas a los veintiún (21) días del mes de Octubre de 2010.
LA JUEZ DE JUICIO N° 2
Secretaria
Abg. Fanisabel González Maldonado