En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara la INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa de Divorcio Ordinario, en razón de la materia, en conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 03 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
SEGUNDO: se considera COMPETENTE para decidir de la presente causa, intentada por la ciudadana: LENDYS YUDITH ARISMENDI GARCÍA contra el ciudadano: CARLOS ALFONSO GARCÍA VERGARA, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas......