DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Control de de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas de conformidad con lo establecido en el articulo 578 literal “f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Nuño y del Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: RESPONSABLE al adolescente JHON JAIRO ACEVEDO, venezolano, de 17 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 19.878 847 (no la porta) nacido en fecha 05-02-87, profesión u oficio vendedor de verduras, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, hijo de la ciudadana CLARA PATRICIA ACEVEDO residenciado en el Barrio Coroza sector Campo Alegre después de la alcabala el tercer policía acostado la vereda a mano derecha San Cristóbal Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORUIA Y PORTE ILICI.....