se declara incompetente por el territorio para conocer de la presente causa en razón de que la ubicación del inmueble señalado en autos, se encuentra en el Asentamiento Campesino Morrones, jurisdicción del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa,; competencia que le corresponde al Juzgado Superior Tercero Agrario con sede en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, competente por el territorio para conocer del presente expediente. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, reténgase el presente expediente por un lapso de cinco (05) días de Despacho contados a partir del día siguiente al de hoy, a fin de que las partes tengan la oportunidad de solicitar la regulación de competencia; vencido dicho lapso se ordena el envió del mismo al Tribunal competente.