DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, tanto de hecho como de derecho éste Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente acción en consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento que corre inserto a los folios del 04 al 06, ambos inclusive, con fecha de inicio 01-03-2004.
SEGUNDO: Se ordena la entrega del inmueble arrendado ubicado en la calle 4, N° 311, Urbanización Alto Barinas Sur, sector Cafinca II de esta ciudad de Barinas, libre de personas y bienes.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
CUARTO: Notifíquese a las partes de la siguiente decisión mediante boletas libradas por el Juez y dejada por el Alguacil en el domi.....