este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, en el RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por la SOCIEDAD MERCANTIL “PANDOCK DEL TÁCHIRA COMPAÑÍA ANÓNIMA”, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal del estado Táchira, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el N° 01 de fecha 05 de Enero de 1965, mediante su Apoderada Judicial Abogada AUDELINA VALERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 19.356, contra la Providencia Administrativa N° 02-02, de fecha 10 de junio de 2002, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA.