EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de las niñas XXXXXXX XXXXXXX X XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano RENNY SAMUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, ya identificado; se obliga con la manutención a favor de sus hijas, por la cantidad mensual de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), de los cuales se compromete a entregar CIEN BOLÍVARES (Bs. 100) Semanal, además se hace cargo de la compra de uniformes y útiles escolares en el mes de Septiembre, con ocasión al inicio del año escolar, más los estrenos con ocasión a las festividades navideñas de una de las niñas, asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación. Seguidamente la ciudadana YURIMAR LÓPEZ CONTRERAS, ya identificada, manifestó: "Acepto el ofrecimiento de fecha 19-01-2009, hecho por el demanda.....