CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Jesús Alexander Cuevas Arrieta. Declara que en el presente caso NO SE PRODUJO la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN, y en virtud de ello, se REVOCA la sentencia apelada de fecha 20 de noviembre de 2015, y se declara que queda CON TODA SU FUERZA Y VALOR JURÍDICO la admisión de la demanda.