En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL VEINTINUEVE BOLIVARES (Bs. 120.029,oo) mensuales, equivalente al treinta y cuatro punto dieciséis por ciento (34,16%) del salario básico mensual del obligado, que deberá suministrar el Ciudadano: Francisco José Rodríguez Castillo, antes identificado, a partir del mes de marzo del presente año, en beneficio de sus hijos: Anderson José y Francisco José Rodríguez Ferrer. Así se decide.-
En la oportunidad de pago del Bono de Útiles Escolares, equivalente a diez (10) unidades tributarias, el mismo deberá ser retenido y entregado a la demandante de autos Así se decide.-
Igualmente en la oportunidad del pago de la bonificación de fin de año, el demandado alimentario deberá sumini.....