DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Primero: Se acuerda la MEDIDA DE PROTECCIÓN al ciudadano abogado Alexander Marcano Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N° 6366306, domiciliado en la Urb. Curagua, casa N° 388, Alto Barinas, teléfono: 0414-5728066 , por un lapso de dos (02) meses. Segundo: Se acuerda designar como organismo de protección a los fines de dar cumplimiento con la medida de seguridad a Funcionarios adscritos a la Policía General del Estado Barinas, a tales efectos líbrese el correspondiente oficio. Tercero: Se acuerda librar boletas de notificaciones a las víctimas y a la Fiscalía Superior del Ministerio Público sobre la medida de protección solicitada.
La Juez de Control N° 05
El Secretario
Abg. Dora Riera .....